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Migración: ¿quiénes son elegibles para el parole de reunificación familiar?

Anabel Uzcátegui

13 de jul de 2023

Quienes reciben el parole de reunificación familiar pueden solicitar autorización de empleo a su llegada a Estados Unidos

Ciudadanos de Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras podrán ser elegibles para el programa parole de reunificación familiar (FRP, por sus siglas en inglés).


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El Departamento de Estado de Estados Unidos informó que los nuevos procesos están destinados a ciudadanos de los cuatro países beneficiarios y para ese fin deben cumplir con ciertos requisitos.


Personas elegibles para el parole de reunificación familiar


Ciudadanos de Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras podrán ser elegibles para el programa parole de reunificación familiar.


"Específicamente, los ciudadanos de estos países pueden ser considerados para la posibilidad de permisos humanitarios en función de un análisis de cada caso en particular por un período de hasta tres años, mientras esperan para solicitar convertirse en residentes legales permanentes", informó el Departamento de Estado de Estados Unidos.


Lo anterior significa que, en lugar de esperar el largo proceso en el país de origen, los beneficiarios lo podrán hacer dentro de los Estados Unidos a través del parole de reunificación familiar.


Requisitos


Personas se reencuentran en un aeropuerto de Estados Unidos. Foro: AP/Seth Wenig.

Para ser elegible, hay que tener familiares ciudadanos estadounidenses o residentes legales permanentes que hayan hecho una petición (la I-130) ante el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (USCIS), y recibido la aprobación de la misma para reunirse con su familia en Estados Unidos. Aunado a ello, hay que cumplir con requisitos médicos y vacunas.


La petición I-130





Finalmente, el USCIS explica:


"Las invitaciones para participar en estos procesos son enviadas por correo a ciertos peticionarios cuyos formularios I-130 han sido aprobados. Los peticionarios que reciben invitaciones pueden presentar un Formulario I-134A, Solicitud En Línea para Convertirse en Persona de Apoyo y Declaración de Apoyo Financiero (patrocinador), de los beneficiarios principales y derivados del Formulario I-130".


Fuente: Diario Las Américas


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